Jueces contra la ley de honorarios: denuncian que se vulnera la independencia judicial

La Asociación de Magistrados promovió una acción formal para impugnar diversos artículos de la Ley 4228-C de honorarios profesionales. Sostiene que se vulneran principios vinculados con la independencia judicial, la división de poderes y las garantías constitucionales de los jueces.
Provinciales19/06/2026ChacoWebChacoWeb

WhatsApp Image 2026-06-19 at 08.57.23La Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Chaco definió la presentación de una acción de inconstitucionalidad contra la Provincia del Chaco, dirigida al Poder Ejecutivo provincial, con el objetivo de que se declare la invalidez constitucional de diversas disposiciones de la Ley 4228-C, norma que regula los honorarios profesionales de abogados y procuradores.

El pronunciamiento de esta institución, en función de ciertas disposiciones de la norma puesta en vigencia que obligaba a los jueces a ajustarse estrictamente al cálculo, dejando de la lado el principio de razonabilidad y advirtiendo de duras sanciones para con los magistrados que así no lo hicieran.

En un comunicado difundido por la entidad presidida por la doctora Fabiana Bardiani se señaló que la decisión se adoptó "en cumplimiento de las instrucciones que le fueran dadas por Asamblea General Extraordinaria celebrada el 12/06/2026", instancia que, según precisó la institución, "refrendó lo ya decidido por Comisión Directiva".

El planteo también cuestiona el último párrafo del artículo 13, el penúltimo párrafo del artículo 17 y el último párrafo del artículo 19 de la Ley 4228-C. En este caso, la entidad sostiene que dichas normas "atribuyen efectos nulificantes automáticos a las regulaciones de honorarios". 

Otro de los puntos alcanzados por la acción judicial es el conjunto de disposiciones incluidas en el Título VIII de la ley, vinculadas al denominado "Observatorio de Honorarios". La asociación incluyó ese apartado entre las normas cuya constitucionalidad solicita revisar ante la Justicia.

Asimismo, el escrito objeta el artículo 47 de la Ley 4228-C. De acuerdo con el comunicado institucional, esa disposición "atribuye al STJ competencias o potestades no conferidas por la Constitución Provincial en materia de control o supervisión vinculadas a decisiones jurisdiccionales sobre regulación de honorarios".
La organización agregó que existen otras previsiones contenidas en la norma que, a su criterio, "menoscaban los postulados del objeto social", destacando de manera específica la protección de "la garantía de la Independencia Judicial".
La acción promovida por la Asociación de Magistrados se suma al debate institucional generado desde la sanción de la Ley 4228-C, una norma que modificó el régimen de honorarios profesionales en la provincia y que ya había motivado cuestionamientos de distintos sectores vinculados al ámbito jurídico.

Con esta presentación, la entidad busca que el máximo tribunal provincial analice la compatibilidad constitucional de los artículos impugnados y determine si las disposiciones señaladas pueden mantenerse vigentes o deben ser declaradas inaplicables en resguardo de las garantías institucionales invocadas en la demanda.

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