
Baja a 14 años la edad de imputabilidad en Argentina
ChacoWebDesde hoy, sábado 5 de septiembre, comienza a regir en toda la Argentina el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801. La principal modificación es la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal: hasta ahora el sistema fijaba la punibilidad a partir de los 16 años, mientras que con la nueva legislación los adolescentes podrán responder penalmente desde los 14 años por delitos previstos en el Código Penal y en las leyes penales especiales.
La norma fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026, promulgada mediante el Decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. El propio texto estableció que comenzaría a regir 180 días después de su publicación, plazo que se cumple este sábado. Con su entrada en vigencia queda derogada la Ley 22.278, creada durante la última dictadura militar en 1980 y posteriormente modificada para establecer en 16 años el límite mínimo de punibilidad.
Sin embargo, que un adolescente pueda ser imputado desde los 14 años no significa que vaya automáticamente a prisión. La ley establece respuestas diferentes de acuerdo con la gravedad del delito. Cuando la escala penal prevista sea de hasta tres años de prisión y se cumplan las condiciones legales correspondientes, el juez deberá reemplazar la pena de cárcel por otras sanciones. Entre ellas aparecen la amonestación, prohibiciones de acercamiento o contacto con la víctima, restricciones para concurrir a determinados lugares, impedimentos para salir del país, tareas comunitarias, reparación del daño y monitoreo electrónico.
También existe la posibilidad de sustituir la privación de la libertad en determinados delitos cuya pena supere los tres años pero no exceda los diez, siempre que no haya muerte de la víctima, violencia física o psíquica grave y se cumplan otras condiciones establecidas por la norma. En cambio, para delitos de mayor gravedad la Justicia podrá disponer una pena privativa de la libertad. La legislación contempla tres modalidades: cumplimiento en el domicilio, alojamiento en un instituto abierto o permanencia en un instituto especializado de detención. Los adolescentes deberán permanecer separados de las personas adultas privadas de su libertad.
La reforma también fija límites específicos para las condenas. Queda expresamente prohibida la reclusión o prisión perpetua para personas menores de edad y la pena máxima de privación de la libertad será de 15 años, incluso cuando existan varios delitos. Al mismo tiempo, las decisiones judiciales deberán estar acompañadas por medidas orientadas a la educación, la formación, el trabajo y la resocialización del adolescente. Cada caso contará además con un supervisor especializado, encargado del seguimiento, asistencia y control del joven durante el cumplimiento de las medidas ordenadas por la Justicia.
Los menores de 14 años, en tanto, continúan siendo inimputables penalmente. La puesta en marcha del régimen abre ahora otro desafío: su aplicación concreta en cada jurisdicción. La ley invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar sus procedimientos y estructuras administrativas, mientras que Nación deberá coordinar la implementación. De esta manera, el sistema penal juvenil argentino inicia desde hoy una transformación profunda: baja la edad de responsabilidad penal, pero mantiene la prisión como una respuesta excepcional y establece un esquema diferenciado destinado específicamente a adolescentes.


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