
El Gobierno reglamentó las concesiones a privados en Chaco: qué obras y servicios abarca
ChacoWeb
El gobernador del Chaco, Leandro Zdero , reglamentó la Ley 4269-K , que establece el régimen provincial de concesiones de obras y servicios públicos y de iniciativas privadas. Mediante el Decreto 2626/26 fijó los procedimientos para seleccionar empresas, adjudicar contratos, controlar su cumplimiento y evaluar proyectos presentados por particulares.
La reglamentación alcanza a las obras públicas y, en materia de servicios, se limita a puertos y transporte , dentro de las condiciones que permite la Constitución provincial. Quedan expresamente excluidos los servicios que prestan SECHEEP y SAMEEP , las empresas provinciales de electricidad y agua.
Cómo funcionarán las concesiones
Los concesionarios podrán obtener ingresos mediante tarifas, peajes, cánones de uso u otras fuentes autorizadas , según las condiciones de cada licitación. El decreto aclara que la adjudicación no garantiza una rentabilidad mínima ni obliga al Estado a cubrir los riesgos que el contrato asigne a la empresa.
Antes de convocar a una licitación, el organismo responsable deberá justificar la conveniencia del proyecto y analizar su viabilidad técnica, económica, jurídica y ambiental, además del impacto sobre las cuentas públicas. Los pliegos y sus anexos deberán estar disponibles de manera completa y gratuita .
El Poder Ejecutivo tendrá la facultad exclusiva de aprobar las condiciones, adjudicar, autorizar modificaciones sustanciales, prorrogar o terminar anticipadamente los contratos. Cuando la duración prevista supere los 20 años, la licitación deberá ser ratificada por la Legislatura antes de la firma.
Qué pasará con los proyectos privados y los controles
Las empresas también podrán presentar iniciativas propias, que serán evaluadas por una comisión especial encabezada por la Secretaría de Coordinación de Gabinete . La declaración de interés público permitirá avanzar con su tramitación, pero no significará una adjudicación automática ni otorgará exclusividad . El promotor podrá acceder a las preferencias previstas por el régimen al competir en la licitación.
Durante la ejecución, el organismo provincial competente deberá controlar las obligaciones de la empresa, que tendrá que aportar información y permitir auditorías e inspecciones. La Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura deberá recibir información sobre adjudicaciones, firmas, prórrogas y terminaciones anticipadas.
Al extinguirse el contrato, las obras e infraestructuras se incorporarán al patrimonio del Estado provincial , conforme a lo establecido por la ley.




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