
El Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña fijó una serie de audiencias indagatorias que se llevarán a cabo de forma virtual el 8 y 9 de septiembre de 2025, en el marco de la supuesta maniobra por la adjudicación de tierras fiscales.
La sentencia N° 125/25 dictada por la jueza de faltas Marcela Cortés, no sólo establece multas económicas por violencia digital, sino que también “muestra la desprotección de quienes dicen cuidarlas”- manifestó Ibarra.
Provinciales27/05/2025Este martes, la subsecretaria de Trabajo, Noel Ibarra junto al subsecretario Julio Ferro, de Legal y Técnica del Ejecutivo, se refirieron al fallo donde 3 personas fueron condenadas, entre ellas una mujer, marcando un precedente en la lucha contra la violencia digital. El fallo no sólo expone prácticas aberrantes, sino también el silencio cómplice de quienes debieron proteger a la víctima en el momento de tomar conocimiento de tan humillante hecho.
En ese contexto, desde el Gobierno del Chaco se informa a la ciudadanía que, mediante la Sentencia N°125/25, la jueza de Faltas Marcela Cortés dictó la primera condena en la provincia por violencia de género digital que se habría dado en el marco de una asamblea gremial, sentando un precedente histórico en materia de protección de derechos digitales e integridad de mujeres trabajadoras del Estado, remarcando el riesgo que significa para las funcionarias públicas convivir en este contexto especialmente cuando tienen el deber de accionar impartiendo orden en el ámbito de la administración pública.
El fallo condena a 3 personas por la difusión no consentida de imágenes íntimas pertenecientes a una funcionaria pública del Ministerio de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos. Las imágenes fueron compartidas entre mayo y junio de 2024, a través de redes de mensajería, y enviadas incluso al número institucional del gremio UPCP, a nombre de su secretario general José Niz.
Uno de los condenados deberá abonar una multa equivalente a 16 salarios mínimos vitales y móviles, además de realizar tratamiento psicológico con enfoque de género. Los otros dos responsables deberán pagar multas de siete salarios mínimos cada uno y cumplir con capacitaciones obligatorias en el marco de la Ley Micaela, tanto nacional como provincial.
Cabe destacar que entre los condenados figura una mujer, constituyendo la primera sanción en la provincia a una persona de sexo femenino por violencia digital contra otra mujer, conforme al nuevo capítulo sobre identidad digital del Código de Faltas.
Desde el Poder Ejecutivo se han ordenado cumplir con todos los actos administrativos a fin de que sean aplicables las sanciones correspondientes a los dos empleados públicos involucrados, quienes prestaban servicios en el Ministerio de Gobierno. Asimismo, se ha ordenado la retención de haberes correspondiente y se hará efectivo el descuento de las multas establecidas.
La jueza exhortó al Estado a reforzar las políticas públicas de prevención, por lo que el Ministerio impulsará capacitaciones obligatorias sobre violencia digital y protección de datos personales para todo el personal. Por otro lado, se exhorta al sindicato UPCP a la organización de un taller gratuito sobre violencia de género, específicamente sobre violencia digital para todos sus afiliados.
“No vamos a permitir que ninguna funcionaria, directora ni ninguna trabajadora del Estado sufra ningún tipo de violencia dentro del ámbito laboral ni gremial”, expresó la subsecretaria de Trabajo, Noel Ibarra. Asimismo, se cuestionó la pasividad de UPCP, que no activó ningún protocolo institucional ante un hecho de extrema gravedad que afectó la integridad de una mujer, al contrario, en el expediente se puede observar la intención maliciosa con las cuales se han difundido estas imágenes.
El subsecretario de Legal y Técnica, Julio Ferro, ratificó la decisión del Ejecutivo de ir “hasta las últimas consecuencias” en los procesos administrativos contra los empleados involucrados. “El funcionario público debe ser ejemplo. No hay lugar en esta gestión para quienes ejercen violencia desde el poder institucional”, expresó.
La abogada querellante, Mayra Leguiza, destacó la importancia de este fallo como un cambio de paradigma: “La responsabilidad no es de quien confió, sino de quien vulnera la confianza y difunde contenido íntimo sin consentimiento”.
Desde el Gobierno del Chaco se refuerza el compromiso con la defensa de los derechos digitales, la igualdad de género y el respeto a la dignidad de las mujeres trabajadoras. Esta condena representa un mensaje claro: la violencia digital también es violencia de género, y no será tolerada bajo ninguna circunstancia.
Ibarra y Ferro estuvieron acompañados por demás funcionarios provinciales del Ministerio de Gobierno y otras áreas, durante el contacto con los medios de comunicación.
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