---
canonical_url: "https://chacoweb.com.ar/contenido/3322/mision-nueva-pompeya-la-justicia-ordeno-eliminar-publicaciones-en-redes-por-afec"
title: "Misión Nueva Pompeya: la Justicia ordenó eliminar publicaciones en redes por afectar la intimidad de un ciudadano"
article_type: "Article"
description: "El Juzgado Multifueros de Misión Nueva Pompeya hizo lugar al pedido de acción preventiva de tutela de derechos personalísimos por parte de un ciudadano y ordenó el cese inmediato y eliminación de publicaciones e imágenes en redes sociales que lo afectaban en su intimidad."
main_image: "https://chacoweb.com.ar/download/multimedia.normal.9e95c9c23f0f50f8.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2026-08-03T23:16:00-03:00"
date_modified: "2026-08-03T23:17:21-03:00"
author_name: "ChacoWeb"
author_url: "https://chacoweb.com.ar/usuario/2/chacoweb"
category_name: "Provinciales"
category_url: "https://chacoweb.com.ar/categoria/2/provinciales"
---

# Misión Nueva Pompeya: la Justicia ordenó eliminar publicaciones en redes por afectar la intimidad de un ciudadano

![juzgado-multifueros-pompeya](/download/multimedia.normal.9e95c9c23f0f50f8.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La decisión tomada por la jueza Noelia Almirón mediante la sentencia interlocutoria 124/26 señala que, según la doctrina, la tutela “comprende todas las etapas y supuestos posibles en que se puede evitar el perjuicio” entre las que se incluyen “los supuestos daños al honor o a la intimidad, que pueden producirse por la difusión de una imagen correspondiente a la esfera privada de la persona”.

Por ello consideró correspondiente aplicar lo normado en el artículo 78 del Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia que habilita al juez, en casos de extrema urgencia, a acortar los plazos previstos para el proceso sumarísimo.

Así, vista de los antecedentes invocados por el demandante y lo que surge de la documental adjunta, “resulta manifiesto el daño al honor o su intimidad que ocasiono y/o ocasiona la exposición en redes sociales? de sus datos personales y de fotografías? siendo que los mismos se hallan dentro de la esfera privada de toda persona (artículo 19 de la Constitución Nacional) y más en el caso de tan gravosas acusaciones, debiendo acudirse a las vías judiciales pertinentes para llevar a cabo el proceso que correspondiere”.

En tanto, la magistrada dispuso que en caso de incumplimiento se aplique a la parte demandada una sanción pecuniaria equivalente a un salario mínimo vital y móvil por cada uno de los actos que violen lo dispuesto en la sentencia.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
