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title: "La Corte Suprema frenó el DNU de Milei y restableció los límites a la venta de tierras a extranjeros"
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description: "El máximo tribunal suspendió provisoriamente el artículo del decreto que había eliminado las restricciones para adquirir tierras rurales en Argentina. La decisión responde a una demanda ambiental y estará vigente hasta que la Justicia Federal de Bariloche resuelva el planteo cautelar."
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date_published: "2026-10-09T18:39:00-03:00"
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# La Corte Suprema frenó el DNU de Milei y restableció los límites a la venta de tierras a extranjeros

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La **Corte Suprema de Justicia de la Nación** resolvió este viernes suspender los efectos del artículo 154 del **DNU 70/2023 del presidente Javier Milei**, que había derogado la Ley de Tierras Rurales. De esta manera, quedaron restablecidas provisoriamente las restricciones para la adquisición de campos por parte de personas y empresas extranjeras en todo el país.

La decisión fue adoptada por los jueces **Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti**, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. El tribunal consideró necesario dictar una medida preventiva para garantizar la protección del ambiente y evitar posibles daños irreparables mientras continúa el proceso judicial.

Con esta resolución, **vuelven a aplicarse los límites establecidos por la Ley 26.737**, que fija un máximo del 15% de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y municipal o departamental, según corresponda. También establece restricciones sobre la superficie que puede adquirir un mismo titular extranjero, con un límite de 1.000 hectáreas en la zona núcleo o su equivalente en otras regiones.

## **El reclamo ambiental que llegó a la Corte Suprema**

El expediente se originó en una acción de amparo presentada a fines de 2023 por la **Asociación Civil Árbol de Pie**, junto con otros demandantes, quienes cuestionaron la constitucionalidad de la derogación por considerar que podía comprometer la protección de los recursos naturales y el derecho a un ambiente sano. La Corte advirtió que los tribunales inferiores no habían respondido oportunamente al pedido cautelar y entendió que correspondía intervenir de manera provisoria.

La suspensión permanecerá vigente **hasta que el Juzgado Federal de Bariloche determine si los demandantes están legitimados para iniciar la acción y resuelva la medida cautelar solicitada**. Por lo tanto, el pronunciamiento no constituye una declaración definitiva de inconstitucionalidad del decreto presidencial, sino una decisión transitoria que restablece las restricciones mientras se analiza el fondo del conflicto judicial.

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